Muchos de nosotros hemos dicho en esta contingencia que estamos aburridos de estar encarcelados. Pero no nos hemos preguntado qué significa esa palabra para los miles de ciudadanos que hoy están pasando su cuarentena en uno de los centros penitenciarios de Colombia, con unas condiciones nada parecidas a las nuestras.
Esta mañana llamé a una amiga que está en el centro penitenciario El Pedregal, para preguntarle cómo está ella y las demás reclusas viviendo este momento de contingencia. Y entendí en medio de nuestra conversación que al hablar de reclusión necesariamente nos referimos a castigo o sanción. Pero no debemos olvidar que también hace referencia a la necesidad de respeto por los Derechos humanos, cuya garantía corresponde al Estado.
La cárceles deben de cumplir una función social de resocialización y esto sólo se logra si
el tipo de castigo que impone el Estado no perpetúa y reproduce la desigualdad y la exclusión de esta población. Pues tenemos el derecho de obtener una segunda oportunidad.
En esta contingencia, solo pedimos de manera contundente que se proteja la vida y la
salud mental y física a cada uno de los ciudadanos que están privados de su libertad, sin
importar cuál haya su delito. Es claro que el poder punitivo estatal no puede tener un alcance desmesurado o ilimitado, por el contrario, tiene un límite de coerción establecido, delineado y plenamente identificado por parte del derecho de los derechos humanos.
Que los indiciad@s y condenad@s cuenten con las condiciones necesarias por parte del Estado para que no haya sobrepoblación, corrupción de los funcionarios, violencia interna y que la estructura de las celdas, el tamaño y su ubicación responden a la necesidades de esta contingencia, que les permita salvaguardar la vida.